Subsidio por Nacimiento/Adopción para médicos y médicas veterinarios/as en actividad.
Resolución CPMV Nº 1339/2024 (descargar)
Condiciones para adquirir el subsidio:
- Contar con al menos tres (3) años de matriculado/a en este Consejo Profesional.
- No encontrarse bajo relación de dependencia.
- Estar al día con el pago del derecho de ejercicio profesional.
Documentación a presentar:
1. Nota Solicitud del beneficio: Descargar nota modelo, imprimir, completar, fotografiar/escanear y enviar por mail. Si no posee impresora, podrá redactar la nota, siguiendo este modelo.
2. Copia de la Partida de nacimiento de su hijo/a o, Sentencia de adopción.
3. Copia de la Constancia de pago del último Monotributo.
Consideraciones Generales:
- El derecho a subsidio caducará a las doce (12) meses contados a partir de la fecha del nacimiento.
- No se otorgará este beneficio a quien se desempeñe bajo relación de dependencia.
- En caso de que ambos padres sean matriculados de nuestro Consejo, sólo uno podrá gozar del beneficio.
- En caso de que existiera nacimientos múltiples, corresponderá tantos subsidios como nacimientos hubieren.
Beneficio:
Cumplido los requisitos anteriores, se Bonificará el 50% del valor correspondiente a la Matrícula del año en curso. El importe bonificado quedará a cuenta en el legajo del/la matriculado/a.
Por dudas o consultas, puede comunicarse con nosotros: