La Ley N° 14.072/1951 regula el ejercicio profesional veterinario en la jurisdicción nacional y en CABA. La inobservancia de esta obligación deja sin regulación el ejercicio profesional sobre la SALUD (animal, pública y medio ambiente) y a la seguridad alimentaria.
Estar matriculado es dar cumplimiento a la Ley, lo que garantiza el compromiso del ejercicio profesional frente a la sociedad toda. Los profesionales están habilitados por el Estado a través de los colegios profesionales.
La Matricula Profesional, es el instrumento legal que permite el ejercicio profesional. Es una obligación impuesta por el Estado a través de los colegas que garantiza la responsabilidad social de los profesionales. Es un registro de profesionales habilitados en esta jurisdicción que gestiona el CPMV, que es un número único e irrepetible que corresponde a un profesional.
La Matrícula Profesional permite el ejercicio profesional, ya sea de manera independiente o en relación de dependencia, aún en forma gratuita, en cualquier ámbito ─establecimientos públicos o privados, laboratorios que se dediquen a la investigación y/o docencia─.
No, porque estaría enmarcado en el ejercicio ilegal de la profesión.
Todo aquel que haya concluido una carrera profesional universitaria. En este caso, la matrícula se otorga a los profesionales que poseen un título habilitante Veterinario o Médico Veterinario, universitario, emitidos por instituciones educativas debidamente reconocidas por autoridad competente.
Las Universidades Nacionales y Privadas, a través de sus facultades, brindan los conocimientos y los diplomas de grado certifican a quienes lo obtuvieron que están capacitadas para asesorar, dirigir o ejecutar en los temas o las materias de las diferentes carreras.
Las universidades indican las incumbencias profesionales y son las que otorgan el título universitario, que es la certificación requerida que acredita a un conjunto de conocimientos y capacidades. El título es un requerimiento para la matriculación.
Para ver cuáles son lo requisitos haga click aquí: Matrícula / Requisitos
Mediante el pago anual, antes del 30 de abril de cada año
Para solicitar la Baja de su Matrícula ir a: Solicitud de baja de la Matrícula Profesional
Para solicitar la Baja de su Matrícula ir a: Solicitud de rematriculación
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