A fin de dar un correcto tratamiento que facilite el procesamiento de la información que reciba la administración del CPMV de matriculados y particulares, queda determinado el uso de 3 (TRES) formularios:
- A. Denuncias
- B. Solicitudes
- C. Observaciones
Todos los formularios deben ser canalizados a través del formulario establecido, de lo contrario no serán cursadas.
Se solicitará al usuario del PDP a los efectos de la gestión, que la descripción sea neutra y desapasionada de las circunstancias relativas al evento, minimizando los comentarios de naturaleza subjetiva o que involucren juicios de valor. En otras palabras, se busca recabar descripciones y no apreciaciones.
Debe quedar explícito el motivo de la denuncia o notificación. Para los casos en que la información se considere insuficiente, se contactará diariamente al interesado a los efectos de obtener información adicional para completar el análisis y presentarlo en la forma más clara y objetiva posible para su comprensión y accionar, quedando adjunta al formulario.
La vía de elección para acceder al PDP es por internet, en una primera etapa se aceptarán también por correo y asimismo personalmente, sin perjuicio que posteriormente según el trámite administrativo que genere, esto implique la presencia en nuestra sede, para la ratificación y seguimiento del procedimiento.
El formulario para cualquiera de los tres casos estará disponible en la página web del Consejo (pestaña PDP). Los formularios serán cursados en el menor lapso de tiempo posible, conforme a las circunstancias.
El formulario contará con una sección que tendrá la función de comprobante de la denuncia efectuada.
La recepción del formulario por el PDP generará inmediatamente una confirmación de recepción, señalando el número de la misma y su clasificación (denuncia /solicitud /observaciones).
Dicha confirmación implica el inicio de su tratamiento (trámites administrativos correspondientes). Se llevará un registro de actividades en el "LIBRO DE PDP" para su seguimiento y auditoría.
En el caso de denuncia, el abogado del CPMV determina si da curso a la misma, en caso contrario debe indicar las causas de la desestimación, en ambos casos a través de un dictamen.
Si la denuncia es aceptada se procederá a instruir el sumario correspondiente a través de un expediente; donde el sumariado puede realizar el descargo, con aporte de pruebas y todas las medidas que estime necesarias. Concluido éste y con toda la documentación, el letrado elevará un dictamen y se constituirá el Tribunal de Honor, para el tratamiento del caso, quién dictará una resolución en el término de 15 (QUINCE) días (Ley Nº 14.072, Art. 21º).
Toda persona que participe del PDP, con la recepción, tratamiento y evaluación de información del PDP estará sujeta a normas de confidencialidad claramente establecidas.
La confidencialidad del denunciante será respetada en todos los casos que la ley así lo determine:
NO INGRESAN AL PDP:
- Accidentes que no estén relacionados con el ejercicio profesional
- Actividades ilegales fuera del marco de la Ley Nº 14.072
- Cuestiones o condiciones laborales de conflicto; normas laborales.
- Infracciones normativas (habilitación).
- Denuncias por mala praxis.
Cuando por la naturaleza de la denuncia, la misma es ajena al PDP se informará al denunciante, dónde debe canalizar la misma.
FORMULARIO A: DENUNCIA PDP
Es de uso exclusivo a lo relacionado al ejercicio profesional y a posibles faltas de ética profesional.
Ejemplos de casos a denunciar:
- Empleado/Empleador: contratos de responsabilidad técnica (venta ilegal de zooterápicos).
- Ejercicio ilegal de la profesión, sin título profesional veterinario.
- Irregularidades en la matriculación: abarca los que no tienen matrícula, aquellos que la tenían y la dieron de baja, y los que no cuentan con el pago anual correspondiente.
- Honorarios profesionales: cuándo los valores mínimos de los servicios veterinarios no se cumplan e impliquen competencia desleal.
- Los "propietarios o tenedores de nuestros pacientes", pueden denunciar lo relacionado a la atención profesional en contravención al Código de Ética. Solamente se dará curso a la denuncia en la medida que exista una posible infracción al Código de Ética y que se trate de casos graves y con aporte de pruebas fehacientes e indubitables.
Toda denuncia se ingresa siempre y cuando aporte los elementos de prueba (requisitos establecidos).
Este Consejo no recibe denuncias por “mala praxis”. Los reclamos por “mala praxis” deberán cursarse por la vía pertinente (por ej., reclamo civil) ante las autoridades correspondientes. Este Consejo solo recibe denuncias sobre actuación profesional que versen sobre posibles infracciones al Código de Ética. Se sugiere revisar el Código de Ética antes de formular la denuncia.
(https://cpmv.org.ar/images/Legislacion/CODIGO-ETICA.pdf) - Propaganda /Promociones engañosas, competencia desleal, servicios gratuitos o promociones, carteles.
- Arrogarse especialidades sin los correspondientes diplomas académicos o del Consejo.
- Eutanasia: Siempre debe estar justificada desde lo estrictamente veterinario.
- Concursos: sea cual sea el ámbito, se debe respetar lo establecido en el Código de Ética.
- Certificaciones y otros documentos: que no se ajustan a la realidad (diagnósticos, auditorías, peritajes, necropsias, certificados de vacuna, etcétera) como la no utilización de los certificados oficiales obligatorios.
- Relaciones entre matriculados: ofensas, mal trato, plagio, etcétera.
- Cursos que afectan a nuestras incumbencias que no tienen el aval del Ministerio de Educación, donde intervienen veterinarios u otras profesiones.
- Venta ilegal de zooterápicos, tanto virtual como en un lugar físico.
- Castraciones masivas ilegales.
- Registro de adiestradores: todo lo referido a dicha actividad
- Delitos infamantes.
( VER FORMULARIO A: DENUNCIA PDP )
FORMULARIO B: DE SOLICITUDES
Se utiliza para solicitudes de información de datos económicos que maneja el CPMV. Ej. temas contables, referidos a la matrícula y balance.
( VER FORMULARIO B: SOLICITUDES )
FORMULARIO C: DE OBSERVACIONES
Se usa para el aporte de sugerencia, agradecimientos, quejas, consultas técnicas veterinarias, pedidos de informes de organismos oficiales o privados, u otros temas administrativos.
( VER FORMULARIO C: OBSERVACIONES )