El Consejo Profesional de Médicos Veterinarios (Ley Nacional 14.072, C.U.I.T. 30-52127881-8), mediante la Resolución CPMV N° 1408 /2025, convoca a sus matriculados al Acto Electoral para la Renovación parcial de Autoridades que tendrá lugar el corriente año, que será de:

  • SEIS (6) CONSEJEROS TITULARES, por el término de cuatro (4) años
  • SEIS (6) CONSEJEROS SUPLENTES, por el término de cuatro (4) años
  • DOS (2) CONSEJEROS SUPLENTES por el término de dos (2) años.

El Acto Electoral será realizado el día viernes 12 de diciembre de 2025 en la sede de este Consejo Profesional de Médicos Veterinarios, sita en la calle Pasco 760 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de 18 horas.

 

 

01/07 al 11/08

Exhibición del padrón electoral provisorio.
Lunes a Viernes, de 09 a 15 horas.
Pasco 760, CABA. 

(cf. artículo 8 del Reglamento Electoral)

 
11/08

Último día para la presentación de reclamos por inclusiones o exclusiones del padrón electoral provisorio. 

(cf. artículo 9 del Reglamento Electoral)

 
20/08

Último día para la rehabilitación en el padrón de profesionales excluídos por falta de pago de la matrícula anual, como así también para la inclusión de los nuevos inscriptos en la matrícula.. 

(cf. artículo 11 del Reglamento Electoral)

 
01/09 al cierre de comicios

Exhibición del padrón electoral definitivo.
Lunes a Viernes, de 09 a 15 horas.
Pasco 760, CABA. 

(cf. artículo 10 del Reglamento Electoral)

 
26/09

Último día para la presentación de listas de candidatos en la sede del Consejo Profesional, hasta las 18 horas.

(cf. artículo 17 del Reglamento Electoral)

 
10/10

Último día para el envío, por parte dela Secretaría del Consejo, de listas de candidatos oficializadas y los sobres pare emitir el voto por correspondencia.

(cf. artículo 14 del Reglamento Electoral)

 
12/12

Comicios - Acto Electoral.
08 a 18 horas.
Pasco 760, CABA. 

(cf. artículo 2 del Reglamento Electoral)

 

 ¿QUIÉNES PUEDEN VOTAR?

Pueden votar todas las personas que estén registradas en el padrón electoral definitivo. El voto es secreto y obligatorio para todos los matriculados que figuren en dicho padrón.

(Artículo 12 del Reglamento Electoral)

DE LA EMISIÓN DEL VOTO

Los matriculados habilitados para votar, deberán hacerlo en forma secreta obligatoria, pudiendo hacerlo por correspondencia o en forma presencial.

(Artículo 13 del Reglamento Electoral)

DEL VOTO POR CORRESPONDENCIA

La Secretaría del Consejo Profesional enviará por correo postal simple, y antes del 10 de octubre, a todos los votantes:

  1. A) Un (1) ejemplar de cada una de las listas de candidatos oficializadas. Es el de mayor tamaño, impreso en el frente “dirigido al Consejo Profesional de Médicos Veterinarios -ELECCIONES-” y, en el dorso, se hará constar el nombre, apellido, domicilio, número de matrícula y firma del votante.
  2. B) Dos (2) sobres más pequeños, donde se colocará el voto, y deberá ser firmado al dorso por los miembros de la Junta Electoral.

Los votos emitidos por correspondencia que no cumplan con estos requisitos serán considerados nulos.

Sólo serán recibidos los sobres que ingresen al domicilio legal del Consejo Profesional de Médicos Veterinarios por correo oficial privado con sus correspondientes sellos y matasellos, hasta el día y hora del cierre de los comicios fijados en la convocatoria.

(Artículo 14 del Reglamento Electoral)

 

DEL VOTO PRESENCIAL

Para emitir el voto de manera presencial, deberán presentarse el día de la elección en la sede del Consejo, en el horario indicado en la convocatoria, con su Documento Único de Identidad.

Allí, ante la mesa electoral, recibirán un sobre firmado por el presidente de mesa y el o los fiscales, e ingresarán a un cuarto oscuro donde encontrarán las distintas boletas de las listas que participan en la elección.

Después de colocar su voto en el sobre, volverán a la mesa electoral y depositarán el sobre en la urna número DOS (2) y se le entregará, a su simple requerimiento, una constancia de voto.

(Artículo 15 del Reglamento Electoral)

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